Violencia e Ilegalidades en la Comuna 4

por Jonatan Emanuel Baldiviezo

Ayer ocurrieron dos  hechos de violencia gravísimos que afectan la Democracia Participativa y la participación ciudadana en las Comunas. En el marco de la reunión del Consejo Consultivo de la Comuna 4 un grupo de personas agredieron física y verbalmente a integrantes del Consejo y de organizaciones sociales del Barrio de la Boca.  Matías Scínica de la agrupación Boca es Pueblo que sufrió un corte a la altura de la garganta, y Fernando Abal Medina que a raíz de múltiples golpes tiene una hemorragia interna en la cabeza. Ambos, fueron agredidos  cuando se discutía la venta de los terrenos conocidos como «Casa Amarilla» ubicados en el Barrio de la Boca al Club Atlético Boca Juniors.

Desde hace años organizaciones del Barrio de la Boca se oponen a la venta de estos terrenos, principalmente las organizaciones que conforma «la Boca Resiste y Propone». En la primera reunión autoconvocada de este año, el Consejo Consultivo Comunal N° 4,  había expresado su voluntad contraria a esta venta y a los proyectos del referido Club.

Para comprender por qué una patota  agredió a ciudadanos que, en consonancia a las leyes de la Ciudad,  protegen el destino de estos predios, hay que describir negociado planificado desde el Club Boca Juniors, con acuerdo del Gobierno porteño, en relación a estas tierras públicas, las de Casa Amarilla.

Los terrenos de Casa Amarilla fueron comprados en el año 1981 al Estado Nacional: El objetivo era mitigar el déficit habitacional en el Barrio de la Boca. El 11 de abril de 2005 comienza la inscripción para el Programa habitacional «Casa Amarilla». En un principio se deciden hacer 1.231 viviendas. Este programa quedó paralizado.

Tras una acción judicial presentada por la Asociación Civil Casa Amarilla, el Gobierno de la Ciudad acordó continuar con la obra. Pero la  cantidad de viviendas a construir disminuyó: de  1.231 a se 438.  Así varias manzanas quedaron liberadas, en tanto que se le otorgó a  la Asociación la facultad de designar a las familias preadjudicatarias. Las manzanas liberadas del Programa Casa Amarilla, fueron transferidas al Poder Ejecutivo en el año 2010 por el Instituto de la Vivienda (IVC) propietario de las tierras. Mediante el decreto N° 723/2010, el Poder Ejecutivo transfirió a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. estas tierras.

Estos predios de Casa Amarilla fueron codiciados por el Club Boca Juniors desde el año 2008 para construir allí un nuevo Estadio-Shopping. Como encontraron fuerte oposición para que el Gobierno de la Ciudad le venda las tierras para construir el nuevo Estadio, decidieron fragmentar la estrategia. Surgieron entonces los proyectos de Ley que facilitaría la tarea:

-En primer lugar, Oscar Moscariello (Vicepresidente de Boca y diputado de la Ciudad por el PRO), presentó el Proyecto de Ley N° 2462-D-2014 para rezonificar estos terrenos a «Distrito de Zonificación E4 56 -Estadio y Complejo Deportivo del Club Atlético Boca Juniors».  Este proyecto se encuentra en discusión en la Legislatura.

-Respecto a la compra de las tierras, la Corporación Buenos Aires Sur S.E. llamó a Licitación Pública (1) para la venta de estas tierras a raíz de una iniciativa privada del Club Atlético Boca Jurniors. La Licitación fue camuflada con propuesta de construir bibliotecas, clubes sociales y culturales, salones de juegos, gimnasio. Si bien en ningún momento se habla de construir  un Estadio,  el presidente del Club,  Angelici, lo promociona. El 25 de febrero de 2016, la licitación pública, que implica la venta de estos terrenos, fue adjudicada al Club Boca Juniors, por 180 millones de pesos.

Esta venta es ilegal e inconstitucional por varios razones:

-El Art. 82 inc. 4 de la Constitución de la Ciudad establece que la Legislatura aprueba transacciones, dispone la  desafectación del dominio  público y la  disposición  de  bienes inmuebles de  la  Ciudad. Es decir, no se puede vender tierra pública de la Ciudad sin aprobación de la Legislatura. La venta al Club Boca Juniors ni siquiera fue tratada en la Legislatura.

-El Art. 6 de la Ley No 1.251, faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC) a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aquellos bienes inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública (educacionales, de seguridad, o de salud). La ley N° 1.251 sólo autoriza que el IVC transfiera la propiedad de sus inmuebles al GCBA para cumplir fines educacionales, de seguridad o de salud. La ley valora que estos fines son los únicos de tal jerarquía para desafectar inmuebles destinados a garantizar el derecho a la vivienda adecuada de los habitantes de la Ciudad. El GCBA está destinando estos predios para que un privado desarrolle un plan integral orientado a cuestiones deportivas y comerciales. Cambiar el destino habitacional de estos predios no está cumpliendo con las condiciones que establece la ley N° 1.251.

-Los predios de Casa Amarilla también se encuentran en el marco de la ley N° 2.240 que declara la Emergencia Urbanística y Ambiental del Barrio de la Boca. Esta ley no se cumplió en absoluto y se descapitaliza la Ciudad de sus inmuebles necesarios para cumplir con esta ley.

Además de estas ilegalidades, organizaciones internas del Club Boca Juniors también cuestionan la voluntad del Club de construir un nuevo estadio porque va en contra de la identidad del Club y del Barrio y por el peligro de endeudar el Club y de esa forma crear las condiciones para que Sociedades Anónimas se transformen en las propietarias de los clubes, una idea reiterada del Presidente Mauricio Macri acompañado por el Angelici, presidente del Club.

A raíz de lo cual,  presentó una acción de amparo en el Fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad para que se declare la ilegalidad de esta venta. La acción tramita en los autos caratulados “QUINTO NATALIA GIMENA y otros CONTRA CORPORACION BUENOS AIRES SUR S E SOBRE AMPARO”, Expte. N° A4-2016/0, en el juzgado N° 24 a cargo del Dr. Darío Reynoso

Luego de dos meses, la Corporación Buenos Aires S.E. sigue reticente a enviar el expediente administrativo al Juzgado. Por esta razón el día de ayer, 4 de mayo, el Juez de la causa impuso una multa de $100 por día de demora a la Corporación y a su titular Sra. Karina Spalla, bajo apercibimiento de subir dicha multa a $10.000 pesos de continuar la reticencia.

Fuente: Observatorio del Derecho a la Ciudad

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