La justicia suspendió la Reforma Laboral
El juez nacional del Trabajo Raúl Horacio Ojeda hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT y suspendió la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral aprobada por el Congreso. Según el fallo, existen indicios de posible inconstitucionalidad y una “apariencia razonable” del derecho invocado por la central sindical.
El magistrado suspendió 82 artículos del capítulo laboral, el corazón mismo de la reforma que el Ejecutivo defendía como un punto de inflexión para “modernizar” el mercado de trabajo. Según el fallo, Ojeda entendió que existen indicios de inconstitucionalidad y que permitir la aplicación inmediata de la norma podía generar “perjuicios de imposible reparación ulterior”.
Con la cautelar en pie, se vuelve —al menos temporalmente— al marco laboral previo. Los cambios en indemnizaciones, la flexibilización de la jornada, la derogación de la Ley de Teletrabajo, las nuevas reglas para delegados y asambleas, la reducción de la responsabilidad solidaria en tercerizaciones: todo eso queda congelado.
La reforma no cayó, quedó suspendida. Una suspensión que puede durar semanas o meses, dependiendo de los tiempos de la justicia argentina.
La decisión judicial representa un duro revés para el Gobierno de Javier Milei, que había celebrado la aprobación de la reforma como uno de sus principales logros legislativos. Para la CGT, en cambio, es un triunfo estratégico que refuerza su rol como actor central en la disputa por el rumbo del mercado laboral.
Desde Casa Rosada trascendió que el Gobierno apelará la medida judicial ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Este tribunal deberá revisar si la cautelar se sostiene o se revierte. Si la Cámara confirma la suspensión, el Ejecutivo todavía tiene un camino más largo: la Corte Suprema de Justicia, que podría intervenir si el caso escala en términos constitucionales. Allí, en el máximo tribunal, se jugará la última palabra sobre la viabilidad de la reforma.
