La Cámara revocó la nulidad del protocolo antipiquetes

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia que había declarado nula la Resolución 943/2023 —el llamado protocolo antipiquetes— y restituyó su vigencia. La decisión se conoció días después de que el fiscal general Rodrigo Cuesta recomendara mantener firme la nulidad, lo que profundiza la tensión jurídica y política. La medida vuelve a habilitar la intervención directa de las fuerzas federales de seguridad ante los cortes de circulación, en un contexto de fuertes cuestionamientos de parte de organizaciones defensoras de los derechos humanos y de una serie de advertencias de distintos organismos internacionales.

Organismos de derechos humanos: críticas y preocupación por el fallo
Diversas organizaciones —entre ellas el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)— cuestionaron la medida de la Cámara y anunciaron que recurrirán a la Corte Suprema de Justicia, en virtud de que existen hechos comprobados de que el protocolo no solo criminaliza la protesta social, al tratar manifestaciones como amenazas al orden público, sino que también facilita detenciones arbitrarias, habilita intervenciones policiales desproporcionadas, regula derechos constitucionales —como la libertad de expresión, reunión y petición, facultades que corresponden al Congreso— y da paso al uso excesivo de la fuerza, incluso letal, en contradicción con estándares internacionales.
El CELS, que impulsó el amparo original, sostiene que el fallo de la Cámara desconoce los riesgos documentados desde la implementación del protocolo, incluyendo personas heridas, detenciones irregulares y agresiones a trabajadores de prensa.

Advertencias de la CIDH desde la puesta en vigencia del protocolo
Como antecedente, cabe recordar las advertencias vertidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en múltiples oportunidades ha cuestionado el llamado protocolo antipiquetes desde su puesta en vigencia en diciembre de 2023. Señalando, en primer término, que el mismo contradice los principios interamericanos sobre uso proporcional de la fuerza, que exigen que la intervención policial sea excepcional, gradual y orientada a minimizar daños. También vulnera el estándar de “facilitación de la protesta”, que este organismo considera una obligación positiva de los Estados. Y desconoce el principio de no criminalización de la protesta, reiterado por la CIDH en una serie de informes sobre Argentina y la región.
Estas advertencias se intensificaron tras episodios de represión en las manifestaciones contra medidas económicas del Gobierno, donde se registraron cientos de heridos y detenciones arbitrarias, según organizaciones que documentaron los hechos.

El caso Pablo Grillo: un ejemplo citado por organizaciones
Entre los episodios mencionados por organismos de derechos humanos para ilustrar los riesgos del protocolo se encuentra el caso de Pablo Grillo, fotoreportero que resultó gravemente herido durante un operativo de fuerzas federales en el marco de una protesta. Este caso es utilizado como ejemplo tanto del uso desproporcionado de la fuerza como de la falta de protocolos de actuación compatibles con estándares internacionales. Demostrando la más absoluta ausencia de mecanismos de rendición de cuentas tras operativos con heridos.

El dictamen del fiscal Cuesta: una postura opuesta al fallo
El dictamen del fiscal general Rodrigo Cuesta, presentado la semana pasada, había recomendado rechazar la apelación del Poder Ejecutivo y mantener la nulidad del protocolo. Cuesta sostuvo que la resolución excedía las competencias del Ejecutivo, al regular derechos constitucionales, lo que propiciaba la vulneración de estándares internacionales de derechos humanos, incluidos los de la CIDH, como también invadía facultades legislativas, tal como había señalado el juez Martín Cormick en su fallo original.

La Cámara: el protocolo como “directiva interna”
La Cámara, sin embargo, consideró que la Resolución 943/2023 es una directiva interna para las fuerzas federales y no una regulación del derecho a la protesta. Según el tribunal, su objetivo es garantizar la circulación y el orden público, sin suprimir derechos.
La coexistencia de un dictamen fiscal que recomienda mantener la nulidad y un fallo de Cámara que la revoca anticipa que la discusión llegará a la Corte Suprema, que deberá resolver una cuestión de fondo: ¿Puede el Poder Ejecutivo, mediante una resolución administrativa, establecer criterios que incidan en el ejercicio de derechos constitucionales? La respuesta tendrá impacto directo en la política de seguridad del Gobierno y en el marco jurídico que regula la protesta social en Argentina.

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