La educación proscripta

En 2017 una  mujer inicia un amparo judicial, en representación de su hijo de dos años, para que el Gobierno de la Ciudad de Buenos le garantice una vacante en una institución de enseñanza publica del nivel inicial o jardín maternal de jornada completa, dado que le había sido negada la solicitada oportunamente. La causa avanza a los pasos de la justicia, un día un Juez hace lugar a la acción de amparo y ordena al Ejecutivo que le asigne la vacante al menor. El Ejecutivo apela, la mujer también apela, la causa pasa a la Cámara de Apelaciones. En 2018, cuando el niño tiene ya tres años, se hace lugar nuevamente a la requisitoria de la madre. Ahora son tres jueces los que ordenan al Gobierno porteño asignar una vacante para el niño en un establecimiento público cercano a su domicilio, o a costear el traslado a uno mas alejado o a pagar en una institución privada. Como respuesta, el Gobierno porteño presenta una queja ante la Asesoría General Tutelar y más tarde un recurso inconstitucionalidad ante Tribunal Superior de Justicia. El tiempo sigue pasando. En diciembre de 2020, cuando el niño seguramente ya ha cumplido los cinco años, se expide el alto tribunal. Hace lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la Ciudad, revoca la resolución de la Cámara de Apelaciones y rechaza el amparo promovido por la madre. El niño no tiene o no tuvo derecho a ingresar al sistema de educación pública inicial porque la madre no supo o no pudo demostrar que era lo suficientemente pobre para exigirlo.

Para el Tribunal Superior de Justicia y, en consecuencia para el Gobierno porteño, la madre y el niño no son personas, son partes, partes actoras. La madre es la parte actora que procede en detrimento del Estado, exigiendo que éste les garantice nada menos que el derecho a la educación pública y gratuita, cuando no se ha preocupado en demostrar su capacidad para acceder a este beneficio. La capacidad, entiende el Tribunal Superior de Justicia, consiste encuadrarse en una o todas las prioridades reglamentadas en la resolución de asignación de vacantes en el sistema público de educación inicial, entre los que se señala atravesar alguna forma de vulnerabilidad o exclusión social. En definitiva, en la Ciudad de Buenos Aires, no existe el libre albedrío. Padres y madres no pueden elegir que tipo de educación desean para sus hijos e hijas en el nivel inicial. La condición social es la que lo determina.

A partir de este razonamiento, ninguna familia tendrá derecho a reclamar vacantes para sus hijos o hijas en el nivel inicial en los establecimientos educativos de gestión estatal con que cuenta la Ciudad. Las mismas únicamente serán otorgadas si los progenitores tienen la capacidad de certificar su condición de pobres, vulnerables o marginales.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia consta de 47 páginas, al leerlo además de un extenso e intrincado paseo por interpretaciones particularísimas de distintas leyes nacionales, locales, tratados internacionales hasta sumergirse en la propia jurisprudencia estadounidense, se deja entrever un sesgo de clase preocupante. 

De esto da cuenta el Colectivo Vacantes para Tod@s en las Escuelas Públicas: «Algunos párrafos de este fallo en particular hacen fundamento en criterios meritocráticos que nuestro país, no sólo no tiene sino que le ha costado muertos no tener, ya que la educación pública va desde el aula hasta el boleto estudiantil. Duele leer a jueces que escriban ‘En resumen, las normas consagran el criterio coincidente conforme el cual en la educación superior, la asignación de vacantes debe efectuarse exclusivamente en función al mérito individual de los estudiantes’, del voto de Marcela De Langhe».

«Este fallo busca limitar el acceso a la Justicia a las familias que eligen la escuela pública y pretende legitimar el ajuste constante y sostenido que Macri y Larreta realizan desde hace trece años en materia educativa hasta alcanzar su punto más bajo en el presupuesto 2021», señala un comunicado emitido por la Unión de Trabajadores de la Educación  (UTE).

Por su parte, la Asociación Civil por la Igualdad ante la Justicia (ACIJ), que presentó y acompañó la demanda de la madre, anticipó que apelará el fallo del Tribunal Superior de Justicia porteño ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La falta de vacantes en el nivel inicial es un problema de más de diez años en la Ciudad de Buenos Aires a raíz de una demanda cada vez mayor y de la falta de políticas públicas que den respuesta, si bien el Gobierno local reconoció la falta de vacantes y se comprometió, como indica  la Constitución de la Ciudad, a garantizar el acceso a la educación inicial desde los 45 días y hasta los 5 años, a través de un plan de obras sostenido y financiado en el tiempo, lo cierto es que para la ACIJ la situación ha empeorado: «En 2019 se le negó el derecho de acceder a la educación inicial a 9.120 niñas y niños, lo que implicó un agravamiento del déficit de prácticamente 3.500 vacantes en comparación a 2011, año en el cual eran 5.629 niñas y niños quienes encontraron vulnerado su derecho a la educación».

«La familia es la que decide a que nivel de educación mandará a su hijo, ya sea privado o estatal, lo que llama la atención es que la Justicia corra al Estado como garante del derecho a la educación y prohíba el acceso a un derecho consagrado por la Constitución nacional, la porteña y tratados internacionales», señala Rut Kuitca, directora de la Organización Mundial de Educación Preescolar (OMEP).

La especialista asegura que «de esta forma el Estado se está corriendo de su lugar de garante del derecho a la Educación y de la obligación de tener vacantes para que luego las familias decidan si lo mandan a un privado a una escuela pública».

«Ahora seguirá pasando lo que está ocurriendo actualmente, que una familia que no puede mandar a su hijo o hija a un jardín privado recurra a un centro de primera infancia, cuyos programas no están avalados por el Ministerio de Educación o que la misma familia contenga al chico hasta que cumpla los cinco años», concluye Kuitca. 

El fallo del Tribunal Superior de Justicia porteño fue calificado de escandaloso por un conjunto de organizaciones sociales, de profesionales y organismos defensores de derechos humanos, que impulsaron a través de la plataforma Change.org, el pedido de juicio político a los magistrados y las magistradas que lo integran. 

Consideran que la sentencia destruye los derechos de universalidad, gratuidad, inclusión, igualdad y prohibición de discriminación y segregación de cualquier tipo, que forman arte del paradigma de la Educación Pública.  

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