Punto final para el Protocolo Antipiquetes
La Justicia federal declaró la nulidad del denominado “Protocolo antipiquetes” del Ministerio de Seguridad, en respuesta a un amparo colectivo impulsado por el CELS con adhesiones de organizaciones sociales, sindicales, políticas y particulares. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 11, a cargo del juez Martín Cormick, consideró que la Resolución 943/23 carece de motivación adecuada y no efectuó la ponderación razonable entre el mantenimiento del orden público y derechos constitucionales y convencionales de preferente tutela, como la libertad de expresión, reunión y protesta.
El fallo apunta al corazón del debate: la resolución del Ejecutivo introdujo definiciones y mecanismos —la noción ampliada de flagrancia, la habilitación de intervenciones sin orden judicial y el registro de manifestantes y organizaciones— que, sin justificación proporcional y razonada, afectan de manera intensa el derecho a la protesta y exceden las competencias del Poder Ejecutivo al regular cuestiones de contenido penal. En ese marco, el tribunal declaró la nulidad del “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación” y habilitó la vía para que las personas afectadas presenten denuncias penales por actuaciones de las fuerzas de seguridad.
La decisión judicial llega en un contexto social convulsionado y una semana marcada por dos casos de gatillo fácil cometidos por la policía porteña en dos barrios populares de la ciudad de Buenos Aires, que alimentaron la percepción de un aumento de la violencia estatal. Asimismo, en el repertorio de episodios anteriores ligados a la aplicación del protocolo figuran casos emblemáticos de represión que conmovieron a la opinión pública —manifestantes que perdieron un ojo, periodistas heridos, jubilados reprimidos en protestas recurrentes y episodios en los que incluso menores resultaron afectados—. Estos hechos sirvieron de antecedente para la argumentación del CELS, que denunció la criminalización de la protesta y la posibilidad de detenciones sin orden judicial.
El fallo, además de subrayar la insuficiente motivación técnica y legal del Ministerio, reconoce el impacto concreto sobre las personas y colectivos que fueron objeto de intervenciones policiales bajo la vigencia del protocolo. Al mismo tiempo, constituye un revés político para la política represiva asociada a la gestión de Patricia Bullrich durante su desempeño como ministra de Seguridad —mencionada por múltiples episodios de intervención estatal de alto costo social— y representa, según sectores sociales, un freno a la continuidad de prácticas represivas en el actual gobierno.
La anulación judicial alimenta expectativas entre organizaciones sociales y movimientos populares: si el protocolo llegó a generar un clima de intimidación que modera la participación en la protesta, su nulidad puede alentar la movilización y reafirmar la centralidad de la protesta en la disputa democrática. Para el Estado, en cambio, la sentencia obliga a revisar instrumentos de regulación del orden público y a transitar canales que compatibilicen la seguridad con garantías y controles judiciales adecuados.
