CABA: Multas Millonarias y sanciones a partir de los 14 años
por Melina Orquídea
El proyecto enviado a la Legislatura eleva hasta $7 millones las multas por alcoholemia, a $703.848 por ruidos molestos y a $58,6 millones por venta no autorizada en el espacio público. También contempla 90 días de arresto para trapitos reincidentes y extiende la responsabilidad contravencional a adolescentes de entre 14 y 17 años.
El gobierno de Jorge Macri envió a la Legislatura porteña una reforma integral del Código Contravencional que endurece las multas, amplía los días de arresto, incorpora nuevas conductas sancionables y extiende la responsabilidad por contravenciones a adolescentes desde los 14 años.
La iniciativa modifica la Ley 1.472, correspondiente al Código Contravencional de la Ciudad, y la Ley 12 de Procedimiento Contravencional. Todavía no está vigente: deberá ser discutida y aprobada por la Legislatura antes de producir efectos legales.
“No hay Ciudad para los porteños de bien si el Estado se arrodilla ante las mafias y los violentos”, afirmó Macri al presentar el proyecto. El jefe de Gobierno encuadró la reforma dentro de su política de “ley y orden” y sostuvo que pretende terminar con la supuesta impunidad de manteros, trapitos, acosadores, estafadores digitales y adolescentes que infringen la ley.
Las contravenciones no son delitos penales. Se trata de conductas que afectan la convivencia urbana y pueden castigarse con multas, trabajos de utilidad pública o arrestos breves. El propio Gobierno porteño establece esa diferencia, pese a que Macri utilizó reiteradamente la palabra “delincuentes” para referirse a quienes quedarían alcanzados por la reforma.
Hasta $58,6 millones por venta callejera
El incremento más fuerte alcanza a las actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público. El proyecto establece multas de hasta 50.000 unidades fijas, equivalentes actualmente a $58.654.000.
La cifra máxima vigente es inferior a los $15 millones. La nueva escala podría aplicarse a la venta callejera ilegal, incluidos los manteros, aunque la determinación concreta de la sanción dependerá de la conducta, su organización, la reincidencia y las circunstancias evaluadas en cada expediente.
Además, la reforma incorpora como una contravención específica la organización de compraventas informales masivas en el espacio público. Este punto apunta especialmente a quienes coordinan, financian o controlan estructuras de comercialización ilegal, y no solamente a la persona que vende individualmente en la calle.
La comunicación oficial del Gobierno porteño engloba ambas situaciones bajo la denominación de “venta ilegal”. Por eso, no puede afirmarse que toda persona encontrada vendiendo en la vía pública recibirá automáticamente una multa de $58 millones: se trata del máximo previsto dentro de una escala expresada en unidades fijas.
Cada unidad fija equivale actualmente a $1.173,08. Como ese valor se actualiza, los montos en pesos también podrán aumentar aunque la cantidad de unidades permanezca sin cambios.
Alcoholemia: multa millonaria, arresto e inhabilitación
Por conducir bajo los efectos del alcohol, la sanción pasaría del rango actual de 300 a 2.000 Unidades Fijas —entre aproximadamente $350.000 y $2,35 millones— a una escala de 1.000 a 6.000 unidades.
El máximo superaría así los $7 millones. También se elevaría el arresto hasta un rango de cinco a treinta días y la inhabilitación para conducir podría extenderse desde seis meses hasta cuatro años.
La reforma endurece simultáneamente las tres consecuencias posibles: el monto económico, la privación de libertad y el tiempo durante el cual la persona no podrá utilizar su licencia.
Multas de hasta $703.848 por ruidos molestos
El proyecto también multiplica las sanciones por ruidos molestos, como la música a volumen excesivo en espacios comunes de edificios.
La multa máxima pasaría de 100 a 600 unidades fijas: de los actuales $117.308 a $703.848. Los trabajos de utilidad pública aumentarían del rango de uno a cinco días a otro de tres a quince días.
Además, se incorpora la posibilidad de aplicar hasta diez días de arresto. Esto significa que una conducta actualmente castigada principalmente con una multa podría terminar, en determinadas circunstancias, con una sanción privativa de libertad.
Hasta 90 días de arresto para trapitos reincidentes
Los cuidacoches reincidentes podrían recibir hasta 90 días de arresto. La Ciudad ya había aprobado en junio una reforma que estableció detenciones de entre diez y treinta días para quienes realizan esa actividad en las calles, y penas de hasta sesenta días para jefes, organizadores o promotores.
La nueva propuesta agrava las sanciones por reincidencia: un 50% ante la primera, un 66,6% frente a la segunda y un 100% en la tercera. También crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público.
La definición de reincidencia se amplía y ya no requeriría necesariamente repetir exactamente la misma contravención. El proyecto permitiría considerar la comisión habitual de infracciones similares dentro del espacio público.
Quienes sean considerados reincidentes tampoco podrán cumplir el arresto en su domicilio, salvo que exista una excepción debidamente fundamentada.
Adolescentes sancionados desde los 14 años
Uno de los cambios más sensibles alcanza a los adolescentes. Actualmente, como regla general, los menores de 18 años no son responsables contravencionalmente en la Ciudad, con determinadas excepciones vinculadas con el tránsito.
La reforma fija la responsabilidad contravencional desde los 14 años y adapta la normativa porteña a la Ley Nacional 27.801, que creó un nuevo Régimen Penal Juvenil y redujo de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. La norma nacional entró en vigor el 5 de septiembre de 2026.
Sin embargo, el régimen contravencional propuesto no permite detener a los adolescentes. Tampoco les aplica automáticamente el mismo sistema previsto para los adultos.
Las medidas contempladas incluyen amonestaciones formales, seguimiento por equipos interdisciplinarios, asistencia a programas educativos, continuidad escolar, capacitación laboral, reparación del daño y tareas comunitarias adecuadas a la edad, sin afectar la escolaridad ni el trabajo.
Para los adolescentes se conservará la suspensión del proceso a prueba, condicionada al cumplimiento de reglas de conducta, la reparación del daño —no “del año”, como apareció erróneamente en algunas publicaciones— y la continuidad escolar.
Acecho, engaños digitales y datos personales
El proyecto agrega nuevas conductas al Código Contravencional. Entre ellas aparecen el seguimiento o acecho de una persona en la vía pública y la obtención mediante engaños digitales de claves, códigos, contraseñas o tokens.
También propone sancionar la comercialización ilegal de datos personales, la portación de dispositivos capaces de interferir señales, la manipulación fraudulenta de sistemas de cobro o transporte público y la obstrucción de cámaras de videovigilancia.
Quien interfiera con los sistemas de videovigilancia podría recibir una multa de hasta $4.692.320 o treinta días de arresto, además de quedar obligado a reparar el dispositivo afectado.
La portación o distribución de materiales considerados aptos para provocar disturbios tendría penas de hasta $9.384.640 o 45 días de arresto, junto con el decomiso de los elementos.
El texto también apunta contra quienes financien contravenciones reiteradas o agrupaciones dedicadas a cometerlas. La amplitud de estas figuras deberá ser examinada durante el debate legislativo para evitar que definiciones imprecisas permitan sancionar conductas políticas, sindicales o sociales que no constituyan hechos violentos.
Menos salidas alternativas para los adultos
Para las personas adultas, la reforma elimina la condena en suspenso y excluye la suspensión del proceso a prueba como mecanismo alternativo. Esta última herramienta permite actualmente detener el procedimiento si el acusado cumple determinadas condiciones durante un período fijado por la Justicia.
Su eliminación implica que una mayor cantidad de causas llegará hasta una sanción efectiva. El plazo general de prescripción se mantendrá en dos años.
La reforma presentada por Macri no se limita, por lo tanto, a actualizar multas. Amplía el universo de personas alcanzadas, crea nuevas contravenciones, restringe soluciones alternativas y profundiza el uso del arresto como respuesta frente a conflictos urbanos.
La Legislatura deberá resolver ahora si convierte esa política de endurecimiento en ley y, particularmente, si una Ciudad que proclama combatir a las “mafias” puede hacerlo sin transformar la pobreza, la protesta social o las conductas adolescentes en nuevos objetivos de persecución.
