El camino de la Trata en nuestro país

Cada 23 de septiembre se conmemora el Día Internacional Contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas. En nuestro país esta fecha coincide con el aniversario de la sanción de la Ley 9.143, primera norma antitrata a nivel internacional, promovida por el diputado socialista Alfredo Palacios en 1913, hace ya 107 años.

Pese a estar catalogado como un delito de lesa humanidad, el comercio ilegal de personas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, sigue siendo un flagelo cotidiano en las sociedades modernas. La impunidad con la que operan las redes de trata se sostiene gracias la complicidad de los servicios de inteligencia, de las fuerzas de seguridad policial y a la benevolencia del poder político y judicial.

Luego del narcotráfico y la venta de armas, la trata de personas con fines de explotación sexual es el tercer negocio ilegal más lucrativo: “Un  prostíbulo deja 2 millones de pesos por día porque venden 1 kilo de cocaína y hay días que vendía 1 kilo y medio más alcohol y pases de las pibas”, dice Margarita Meira. La fundadora de la organización Madres Víctimas de Trata, asegura que desde el inicio de la democracia han desaparecido más 27000 mujeres y niñas en manos de las redes de trata de nuestro país.

Si bien en 2008 partir de la adhesión al protocolo internacional contra la trata de Naciones Unidas, Argentina sancionó la  Ley 26.364, esta normativa resultó tan controvertida y contraria a lo establecido por la ONU, que en 2012 debió ser reemplazada por la Ley 26.842, que amplía las condenas para los delitos de trata, acelera el proceso judicial, elimina el consentimiento de la víctima como elemento exculpable para el responsable de promover la prostitución y explotar a la víctima, y crea un Consejo Federal para la lucha contra la trata y un Comité Ejecutivo para la asistencia a la víctima.

Margarita Meira asegura que este Consejo no funciona desde 2012, al tiempo que advierte  que esta normativa omite considerar este crimen como un delito de lesa humanidad.
La razón por la cual en 107 años poco y nada se pudo hacer contra el avance de este flagelo se debe en gran parte al conjunto de reglamentaciones que avalan el mercado de la prostitución, como también a la connivencia estatal, local, policial y judicial que legitima y la naturaliza esta actividad delictiva.

A fines de siglo XIX y principios del XX nuestro país experimentaba el auge inmigratorio, atravesaba una sostenida expansión económica y contaba con un sistema reglamentarista que admitía el establecimiento de prostíbulos a lo largo de su territorio. Era el lugar propicio para el tráfico de mujeres con fines de explotación sexual, comúnmente llamado “trata de blancas”1.

Hacia 1875 en la Ciudad de Buenos Aires regía una ordenanza que legalizaba los prostíbulos, creaba un registro de prostitutas, prohibía a las mujeres huir de estos lugares, y permitía el ejercicio de la prostitución a niñas y adolescentes, “siempre que se probara que se prostituían desde antes de de cumplir los 18 años”. Semejante atrocidad normativa tentó a organizaciones de proxenetas judíos y franceses a instalarse en nuestro país. Traficaron con miles mujeres, en su mayoría de Europa del Este, que llegaban a estas tierras engañadas con falsas promesas de matrimonio o trabajo. Al desembarcar se  les confiscaba el pasaporte y se las trasladaba a burdeles, donde eran obligadas prostituirse.

Hacía 1900 Argentina era considerado el principal país receptor de mujeres víctimas de redes de trata. Las dos grandes organizaciones de traficantes internacionales que actuaban con la complacencia del poder político eran La Milieu de origen francés, y La Migdal o Zwi Migdal de origen judío, en un principio denominada Varsovia Sociedad Israelita de Socorros Mutuos.

En 1902 un grupo de feministas funda la Asociación Argentina contra la Trata de Blancas (AATB). Estas mujeres no sólo combatían el tráfico de mujeres con fines de explotación sexual, luchaban también contra la la prostitución reglamentada. En 1903 presentaron al Congreso de la Nación un proyecto de ley para controlar el tráfico de mujeres. Nunca fue tratado.

En 1904 nuestro país se vio presionado a adherir al acuerdo internacional para combatir el tráfico mujeres. La AATB junto a la policía local, se ocupó de entrevistar a las jóvenes que descendían de los barcos europeos. 

En 1907 la AATB respaldó el proyecto presentado por el diputado socialista Alfredo Palacios que apuntaba a abolir la prostitución forzada y penalizaba a las organizaciones internacionales de proxenetas, tampoco fue tratada por el Congreso de la Nación.

A partir de 1910 ante la presión ejercida por el Convenio Internacional para la Supresión del Tráfico de Blancas, el Gobierno nacional se vio obligado a adoptar políticas para combatir este delito.

En 1912 Alfredo Palacios, nuevamente respaldado por la AATB, volvió a presentar el proyecto al Congreso de la Nación. Esta vez endureciendo las penas para quienes mediante engaños o por la fuerza obligaran a una mujer menor o mayor de edad a prostituirse, sea este padre, hermano o hermana, tutor, marido o amante de la víctima. En la fundamentación de la iniciativa advertía a sus pares sobre la “urgencia de dictar una legislación rigurosa, contra los traficantes de carne humana. Toda vez que el mundo civilizado señala nuestra metrópoli como el campo más propicio para el inmundo comercio”.

La ley se sancionó un 23 de septiembre de 1913.

En 1920 la Zwi Migdal contaba 430 proxenetas que controlaban 2000 burdeles y 4000 mujeres. En la Ciudad de Buenos Aires el enclave prostibulario  estaba delimitado por las calles Lavalle, Viamonte, Libertad y Talcahuano. La organización tenía sus burdeles sobre las calles Junín y Lavalle. Las mujeres sometidas a la prostitución trabajaban de 4 de la tarde a 4 de la mañana y se les exigía que atendieran a 600 clientes por semana y 70 por jornada.

En 1929,  Raquel Liberman, una de las miles de inmigrantes polacas sometidas en los prostíbulos, denunció a la Zwi Migdal (o Varsovia) ante la justicia. El 30 de mayo de 1930, el juez Manuel Rodríguez Ocampo ordenó el allanamiento de la sede central de la Zwi Migdal. El testimonio que Raquel Liberman desnudó el trasfondo de esta organización: las mujeres eran llevadas de un lugar a otro de modo forzoso, eran maltratadas física y mentalmente para doblegarlas y evitar que denunciarán a los proxenetas.

En setiembre de 1930 el juez dictó procesamiento y prisión preventiva a 108 miembros de la Zwi Migdal y la captura de 334 prófugos bajo los cargos de corrupción y asociación ilícita. Tras el juicio se hizo manifiesta la complicidad de la red con la Policía Federal y con el poder político: En enero 1931 todos los procesados estaban en libertad. La denuncia de Raquel Liberman fue la única que prosperó de otras 150 demandas que fueron desestimadas por violencia hacia las víctimas o bien por la corrupción policial y judicial.

Desde 1965 rige en nuestro país la ley 16.666 que autoriza  el ejercicio de la prostitución, sin  sujeción a norma o reglamentación alguna. En la actualidad la Argentina es un lugar de origen, tránsito y destino de la trata. En tanto que la puesta en vigencia de la Ley 26.842 en el año 2012, aguzó el ingenio de proxenetas  y traficantes hacia formas más sofisticadas de sometimiento con el objetivo de dificultar que la situación de esclavitud sexual pueda ser probada por la víctima.

Hasta que no se considere a la Trata como un delito de lesa humanidad, este flagelo seguirá creciendo. La pobreza, la indigencia y la complicidad estatal son sus nutrientes esenciales.

1. Denominación que se popularizó debido que la mayoría de estas mujeres provenían de Europa del Este.

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