Fallo «regresivo»

Integrantes de organizaciones defensoras de los derechos humanos, activistas y académicos coincidieron en que el fallo que faculta a la policía a pedir en la Ciudad el DNI a personas en la vía pública para su identificación, aún cuando no haya motivos de sospecha, es «regresivo» porque «convalida y habilita» prácticas arbitrarias y discriminatorias, ignorando «toda la jurisprudencia» que puso límites a ese accionar.
«Para nosotros es un fallo regresivo porque retrocede en lo que han sido las discusiones sobre las facultades policiales de detención y averiguación de identidad, sin tomar en cuenta la ley 23.950 que reformó la Ley orgánica de la Policía Federal, el fallo de la Comisión Interamericana de derechos Humanos (CIDH) por el Caso Bulacio, ni la jurisprudencia» local, explicó  Paula Litvachky, directora del área Justicia y Seguridad del CELS.
La especialista se refirió así al fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (Tsjcba) conocido ayer, que revocó fallos de las instancias anteriores del fuero Penal y Contravencional y consideró como una facultad policial pedir documentos personales para identificar a personas.
Para la abogada, todos estos antecedentes «ya marcaban límites» y «regulaban» el ejercicio de las facultades policiales, en particular la ley 23.950 que «le permite a la policía detener para averiguación de identidad mientras exista sospecha y la persona no logre acreditar fehacientemente su identidad».
«El fallo hace de cuenta que esa facultad no existe ya y habilita a detener sin que se cumpla el requisito de la sospecha, basado en la idea de que los policías tienen facultades implícitas derivadas de su función de prevenir el delito», agregó.
La letrada recalcó que a pesar las normas, los tratados internacionales con rango constitucional y la jurisprudencia que intentaron limitar las que han sido «históricamente prácticas de la Federal», éstas se continuaron produciendo en determinadas circunstancias y «el fallo del Tribunal superior viene ahora a convalidarlas».
Puntualmente, Litvachky advirtió que «estas detenciones afectan fundamentalmente a grupos vulnerables», como los jóvenes de barrios populares, los vendedores callejeros, los migrantes y las personas trans.
Por su parte, el coordinador del Programa de Migración y Asilo de la Universidad de Lanús, Pablo Ceriani Cernadas, aseguró que el fallo del Tsjcba «genera preocupación» porque si bien la policía «no tiene facultades de control migratorio», hay evidencias de «discriminación» hacia los trabajadores migrantes en las «prácticas cotidianas de la policía federal en el ámbito de la Ciudad», que podrían verse ahora agravadas.
Esto fue reconocido en un fallo de 2010 del mismo Tsjcba, que dio por probado que «hay una práctica sistemática de acoso policial de pedir documentación, sacarles las cosas o llevar detenidos con diferentes excusas a los inmigrantes de origen senegalés en la Ciudad», explicó.
Por otro lado, el especialista recordó que un estudio del Inadi demostró que a pesar de que los inmigrantes representan sólo el 4 por ciento de la población porteña, el 55 por ciento de las detenciones por averiguación de antecedentes recaen sobre ellos.
Por su parte, la activista trans y presidenta de la Cooperativa de Arte Trans, Daniela Ruiz, cuestionó el fallo judicial por considerar que «da mucho lugar la subjetividad policial», poniendo en riesgo a una comunidad que históricamente ha sufrido «el abuso y la persecución» de esta fuerza.
«Somos las más vulnerables en virtud de que nuestros cuerpos, nuestros rostros, nuestra identidad quizás no se condice con el pensamiento de lo que un policía considera que debemos o podemos ser: nunca somos vistas como ciudadanas comunes, sino como sospechosas de ser chorros, vender droga o ejercer la prostitución», sostuvo.
Ruiz auguró que «las compañeras trans en situación de prostitución van a ser las primeras en ser detenidas por portación de rostro», y consideró que los policías ahora tendrán motivos adicionales para cobrarles coimas, «entrando en la misma rueda de los ’90».

Comentarios

  1. Se llamaban «Edictos policiales» y habilitaban a la policía a demorar y/o detener ciudadanos para el doble a (averiguación de antecedentes), también por ebriedad, sospechas, portación de rostro, etcétera. es la única manera que va a tener el actual gobierno de nulificar las protestas por despidos arbitrarios o no, en fin, un «estado de sitio» remozado.

    Se menciona el caso Bulacio, sin embargo noi se menciona a la Fiscal Mónica Cuñarro, la cual con tres Juicios Políticos encima, se paseaba alegremente del brazo de Anibal Fernández, tratando como idónea el tema de la despenalización de las drogas. ¿Qué pasó con los tres juicios?

    Hemos vivido con plena vigencia de la censura, ya que las únicas noticias son los tres prófugos o el ralli. Hay que acostumbrarse a perder la libertad , pues es el único camino que conoce el gobierno actual, es más noticia que el procesado Presidente se fisure una costilla jugando en su casa, que la inminente ola de despidos sin justa causa que se avecina, más inflación y empeñar el país para engordar sus ya gordos bolsillos.-

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