Desalojo infundado para una urbanización postergada

por Mariane Pécora

A manera de metáfora, la urbanización de las villas porteñas  puede compararse con una mamushka, esas muñecas rusas que dentro de ellas esconden otra similar. En este caso no se trataría de las tradicionales regordetas y coloridas que simbolizan prosperidad, sino de una que va cambiando de aspecto hasta transformarse en una masa informe y aterradora.

Algunos especialistas en la materia, van más allá, consideran que el derecho de los habitantes de las villas a contar con una vivienda digna abrió, como una Caja de Pandora,  la veta para que empresarios, funcionarios y profesionales lucraran a sus anchas con esta problemática, en lugar de dar una solución acorde a la idiosincrasia de los vecinos.

Desde adentro, esta transformación se ve como una flor que ha ido deshojando hasta dejar al desnudo la estructura magra de un Estado que, lejos de escuchar a los ciudadanos, avasalla con sus anhelos, sueños y oportunidades.

Desalojo infundado

Lo vivieron en carne propia las familias que a las 9 de la mañana del 24 de febrero, fueron desalojadas por la fuerza por la Policía de la Ciudad y la Secretaría de Integración Social y Urbana, tras lo cual sus viviendas quedaron literalmente demolidas. Una forma de amedrentar a quienes se rehúsan a mudarse al complejo habitacional habilitado en enero de este año. Pues la respuesta a la resistencia fue una andanada de gas pimienta.

La orden de desalojo de las personas y bienes de las Casas N° 15 y 21 de la Manzana N° 12 del Sector Cristo Obrero del Barrio 31, fue ejecutada a través del decreto N° 61/18, firmado el 23 de febrero -un día antes y sin previa intimación-,  por Horacio Rodríguez Larreta. En tanto que el informe técnico estructural que dio pie a esta medida data del 19 de febrero, y en el Boletín Oficial del miércoles 28 de febrero recién apareció publicado el decreto de marras.

Por la fuerza, estas familias fueron llevadas, a lo que la mayoría de los vecinos denominan “contenedores” o «casitas de cartón», un conjunto habitacional denominado Sector Emplaque Containera del Barrio 31, habilitado el 12 de enero de este año. Lo cierto es que hasta el día 3 de marzo sus nuevos hogares no contaban con suministro eléctrico.

Lo que le urge al Jefe Ejecutivo porteño no es la seguridad de los vecinos, sino la concreción de una obra que lo situará en el podio de los preferidos para 2019. Se trata de la nueva traza de vinculación entre la Avenida 9 de Julio y la Autopista «Presidente Doctor Arturo Umberto Illia». En definitiva, no fue el informe técnico sobre el la precariedad de estas viviendas, ni el riesgo de colapso de las mismas, lo que motivaron su desalojo, sino el hecho que su ubicación entorpecía el trazado de la nueva autopista. Larreta o quién redactó el decreto 61/18 que, amparándose en el artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos, ordena el desalojo por la fuerza,  lo deja plasmado en los considerandos “en función de la ejecución de la obra pública referida y de lo ordenado por la Ley N° 5.733, se han efectuado relocalizaciones y demolido las construcciones desocupadas”. [1]

El Observatorio del Derecho en la Ciudad (ODC), elaboró un análisis del Informe Técnico-Estructural realizado por el Gobierno de la Ciudad para justificar el desalojo y demolición de viviendas en el sector de Cristo Obrero en la ex Villa 31,  donde concluye: «La intención primera del Estado porteño no fue determinar el riesgo estructural de estas viviendas sino encontrar una justificación para poder desalojar a las familias y demoler sus viviendas». En referencia al riesgo estructural de las viviendas, el relevamiento del ODC, añade: «Las conclusiones y las observaciones del técnico que realizó el informe resultan aplicables a cada vivienda construida en las villas de la Ciudad y también a miles de viviendas construidas en el resto de la Ciudad. Se desprende del informe que existía una voluntad previa de demoler y no la voluntad seria de evaluar, por medio de una pericia técnica adecuada, la situación estructural de las viviendas y sus características tecnológico-constructivas y de habitabilidad. Lo que hace esperable que, con estos criterios, el Gobierno porteño inicie una carrera de desalojos masivos en el barrio». [2]

La urbanización postergada

En 2009, la Legislatura porteña aprobó por unanimidad la Ley N° 3.343 que establece la urbanización del Barrio Carlos Múgica bajo el principio de la radicación definitiva. Un punto de inflexión, porque durante décadas las intenciones estatales estuvieron orientadas a su erradicación. Por eso, ante los temores que la urbanización implique alguna forma de expulsión arbitraria, por parte del Estado porteño, en el artículo 9 de esta Ley estipula: «la implementación del proyecto de urbanización no implicará desalojo forzoso alguno».
Otro de los puntos importantes de esta normativa es la participación de los vecinos en el proyecto de urbanización a través de las Mesas de Gestión y Planeamiento Multidisciplinaria y Participativa. Iniciativa que prácticamente se abortó cuando, a partir de una “tormenta de ideas”, uno de los asesores le propuso a Larreta cambiar la traza de la autopista Illia. [3] El resultado de esta «tormenta de ideas», se vio plasmado en la escueta Ley 5.733, aprobada el 7 de diciembre de 2016 por la Legislatura porteña, donde se aprueba la traza de vinculación entre la Avenida 9 de Julio y la Autopista Presidente Doctor Arturo Umberto Illia y desafecta la zonificación del Sector Cristo Obrero del Barrio 31 del Código de Planeamiento Urbano. 
El 20 de febrero de 2017, Larreta presenta el proyecto en sociedad, anuncia que la obra estará terminada a fines del presente año y detalla la forma de financiamiento de los 1.700 millones que costará este monumental emprendimiento «El 30% será solventado con la venta del Tiro Federal, en tanto que el 70% restante a través créditos blandos otorgados por Banco Mundial y el BID». [4]

El artículo 9 de la Ley 5.733 que «dobla» la autopista Illia, obliga al Gobierno porteño a «garantizar una solución habitacional definitiva a los habitantes que resulten afectados por la traza de vinculación entre la avenida 9 de Julio y la autopista Presidente Doctor Arturo Umberto Illia, tomando como referencia los parámetros establecidos por la Ley 3343”. Uno de los parámetros más importantes es la prohibición de desalojar a familias sin su consentimiento y sin que éstas acepten la solución habitacional definitiva propuesta.
“Este derecho reconocido por la Ley N° 3.343 y la promesa política dada por todos los partidos políticos que la aprobaron,  fue destruido por el actual Jefe de Gobierno de la Ciudad a partir del decreto 61/18”, señala el abogado Jonatán Baldivieso, titular del Observatorio del Derecho a la Ciudad, y agrega: “Horacio Rodríguez Larreta no sólo violó flagrantemente la Ley N° 3.343 sino también la Ley N° 5.733, por la cual se autorizó el cambio de la traza de la autopista Illia”.

Desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad se sostiene que las familias desalojadas el 24 de febrero pasado, no tuvieron derecho de defensa para cuestionar la orden de desalojo administrativo. «Fueron notificadas el mismo día del desalojo y tampoco tienen la posibilidad de recurrir esa decisión porque sus viviendas fueron demolidas. A juicio de los profesionales de esta entidad, tanto el Decreto 61/18, como en el accionar de los funcionarios de la Secretaría de Integración Social y Urbana son coercitivos. Esta es la prueba de que si los vecinos no están de acuerdo con sus decisiones, el Ejecutivo porteño aplicará decretos de desalojo administrativo”. 

Casitas de cartón

En marzo de 2017 el  Gobierno porteño adjudicó a la empresa Cunumi S.A. la construcción del complejo habitacional del Sector Emplaque Containera del Barrio 31, por la friolera de $ 136 millones de pesos. “El objeto de la presente contratación es la construcción de una línea de unidades de viviendas que se ubica centralmente en un terreno denominado “Containera”, lindero al sector Cristo Obrero de la Villa 31 Bis. Se relaciona con una serie de espacios y edificios públicos que le dan apoyo dentro del mismo predio”, señala el pliego licitatorio. En el mismo documento, se especifica que el edificio contará con 80 unidades funcionales. Una Planta Baja conformada por unidades de cuatro dormitorios, locales comerciales y un comedor, donde se instalarán los tanques de bombeo y dos plantas superiores compuestas de unidades de dos y tres dormitorios. El acceso a éstas será a través de un total de diez núcleos verticales con escaleras que funcionan como espinas dorsales y dan lugar a la entrada de una vivienda de cada lado. También se establece dejar un hueco reglamentario para la posible futura instalación de un ascensor. Y se asegura que la construcción de estas viviendas se hace sobre suelo urbanizado, con los servicios básicos, en tanto que las conexiones domiciliarias se deberán considerar dentro de la oferta.

El 12 de octubre de ese año, se hizo público un informe elaborado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad que da cuenta de que el conjunto edilicio denominado “Containera” consiste en una construcción rápida, en seco, sin revestimientos, montada sobre estructura de hormigón armado, losetas pretensadas y muros de construcción en seco steel framing. [5] Un método de edificación que se erige sobre perfiles de acero galvanizado de espesor reducido que funcionan como bastidores a los que se les coloca aislante de fibra de vidrio y son revestidos con placas de fibra de madera aglomerada o Durlok. «Al estar estandarizado, este sistema de construcción es considerablemente más económico y rápido que el tradicional, dado que no requiere revoques”, señala el informe, donde se especifica, también, que su aplicación «simplifica la ejecución de las instalaciones de provisión de agua, electricidad y cloacas, a la vez que aliviana los costos de la estructura de hormigón armado». El sistema steel framing fue aplicado en los muros interiores, en los muros divisorios entre las diferentes unidades habitacionales, y en los exteriores, que fueron revestidos con chapa acanalada de zinc pintada de azul. El alto riesgo de incendio de este sistema de muros, hizo que Gobierno porteño desistiera de la instalación de gas en las viviendas, pese la proximidad con las redes troncales. 

La mayoría de las familias que habitan del Barrio Carlos Múgica (Ex Villa 31 – 31 bis – Barrio San Martín) están compuestas por trabajadores de la construcción, de manera que al encontrarse con estas viviendas las calificaron de «casitas de cartón» o «contenedores».  El 10 de octubre del año pasado hicieron público su descontento. Lo manifestaron ante a la Secretaría de Integración Social y Urbana (SECISYU), al tiempo que consideraron injusto que se los obligue a pagar por una vivienda que no satisface sus expectativas respecto de lo que consideran una vivienda digna.

Advertido de la disconformidad de los vecinos un mes antes, el 20 de septiembre de 2017, el Gobierno porteño contrató mediante licitación pública a la firma Francisco J. Abelló y Asociados S.A., para que realice la supervisión integral de la obra Emplaque en Containera, Unidades de Vivienda, Sector Cristo Obrero, Barrio  31, por la módica cifra de  $23.865.282.-[6]

¿Se llevó a cabo esa supervisión? ¿Se hizo un informe? ¿Qué dice ese informe? No los sabemos. Lo que sí sabemos es que el 12 de enero, muchos de estos vecinos se rehusaron abandonar sus viviendas por considerar que tanto la planificación y como construcción del conjunto habitacional Emplaque Containera no cumple con lo exigido en la Ley N° 3.343. Ningunear esta normativa, habilita al Jefe de Gobierno porteño a emplear el uso de la fuerza para desalojar los inmuebles que estorban la traza de una autopista faraónica orientada únicamente a esconder la Villa.

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[1] Boletín Oficial Nº 5324 del 28 de febrero de 2018.

[2] Ver informe: Desalojo infundado

[3] En una presentación en Quito, en el contexto de Habitat III,  Horacio Rodríguez Larreta expresó que la idea del traslado de la autopista Illia surgió como propuesta de un integrante iluminado de su equipo en una suerte de sesión tipo brainstorming (tormenta de ideas). Al Jefe de Gobierno le costó muchísimo argumentar esta idea en un contexto donde el BID (Banco Interamericano de Desarrollo) tuvo una importante presencia. Nadie entendió cómo el traslado de la Autopista Illia incidirá en el mejoramiento del problema habitacional y en la falta de tierras para construir viviendas en la Villa 31.

[4] http://www.periodicovas.com/la-vieja-receta-usar-a-los-humildes-para-beneficiar-a-los-ricos/

[5] En base a una cita del Manual Light Steel Framing, en wikipedia se señala como una de las características más importantes de este sistema constructivo, el “rápido retorno del capital” que lo convierte “en el sistema más atractivo para los inversores”.

[6]. Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Nro 5219 – 25/09/2017 – Resolución N.° 281/SECISYU/17.-

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