¡Será Ley!

La marea verde tomo las calles de la ciudad, del país y del mundo este martes. En el día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres la sororidad se hizo grito ¡Será Ley! Miles de mujeres de distintos de cientos ciudades del mundo acompañaron la nueva presentación del proyecto de de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Esta es la octava vez que ingresa al Congreso de la Nación. El año pasado, se trató por primera vez en el recinto, tuvo la anuencia de la mayoría de los diputados, pero no sorteó los prejuicios de algunos senadores. Este proyecto fue el más discutido de la historia de nuestro país con más de setecientas expositoras y expositores en cuatro meses de debate. El tratamiento de esta Ley traspasó el edificio legislativo y no fue sólo político, sino también social.
La discusión sobre el derecho al aborto legal, seguro y gratuito engendró la “marea verde”, traspasó las fronteras nacionales y se instaló en la agenda mediática. Se trata de una demanda popular y masiva. Forma parte de los reclamos históricos del movimiento feminista que se manifiesta de forma coordinada territorial, transversal, política e intergeneracional.

Modificaciones sustanciales y necesarias
El debate del año pasado se multiplicó, dio frutos y cada propuesta está plasmada en este nuevo proyecto Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Lo avalan diputadas y diputados nacionales de distintos signos políticos. Y lo respaldan las millones de mujeres y diversidades sexuales de todas las edades que se expresan en las calles del país y el mundo.

Las modificaciones incorporadas son las siguientes:

– El derecho a la interrupción voluntaria de embarazo, que en principio alcanzaba a las primeras 14 semanas de gestación, se extiende más allá de ese plazo cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer o persona gestante y en casos de violación, sin que se le deba debe exigir denuncia previa.

– Se incorpora la definición de “persona gestante”, en el texto que obtuvo media sanción en Diputados el año pasado. La ley alcanza a “toda mujer u otras identidades sexuales con capacidad de gestar”.

– Garantiza que la interrupción voluntaria del embarazo se practique dentro de los cinco días de su requerimiento en hospitales, obras sociales y prepagas.

– Prevé “asesorías” para las mujeres o persona gestantes  donde recibirán información, acompañamiento y métodos anticonceptivos.

– Establece que no se puede exigir ninguna autorización judicial para practicar un aborto legal.

– Fija penas de prisión de 3 meses a 1 año e inhabilitación  a la autoridad de un establecimiento de salud, profesional o personal de salud que “dilatare injustificadamente, obstaculizare o se niegue a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados”. Y eleva hasta 5 años la pena de prisión si resultara la muerte de la mujer o persona gestante.

– No criminaliza a las mujeres y otras identidades con capacidad de gestar que se sometan o practiquen un aborto por fuera del plazo de 14 semanas y/0 de las causales establecidas en la ley. En el caso de los profesionales de la salud que intervengan solo mantiene penas cuando se practique sin el consentimiento de la mujer o persona gestante.

– En relación a las adolescentes, si se trata de una persona menor de 13 años que demanda la práctica, “se requerirá su consentimiento informado con asistencia de al menos uno de sus progenitores o representantes legales”. Cuando tiene entre 13 y 16 años, «se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar debido consentimiento”. Si su vida o su salud corre  riesgo por alguna condición preexistente, el consentimiento lo deberá dar uno de sus progenitores. A partir de los 16 años se considera que tiene “plena capacidad” para ejercer los derechos previstos en la ley.

– Incorpora la dimensión intercultural. En el caso que la mujer o persona gestante que quiere abortar hable una lengua diferente, se deberá garantizar la presencia de intérprete con el fin de asegurar una comunicación efectiva en un marco de respeto por la interculturalidad. La ley alcanza a cualquier mujer o persona gestante sin distinción de nacionalidad, origen, condición de tránsito y/o status de residencia o ciudadanía.

– Incluye un capítulo especial donde reafirma la obligación del Estado en relación a la aplicación de la educación sexual integral y establece que se deberá enseñar sobre el aborto definido como un “derecho” de las mujeres y personas gestantes, “a través de contenidos científicos, laicos, confiables, actualizados y con perspectiva de género que puedan fortalecer su autonomía”. Deben incluirse los contenidos respectivos en la currícula de todos los niveles educativos, independientemente de la modalidad, entorno o ámbito de las instituciones educativas, sean éstas de gestión pública estatal, privada o social, lo que deberá hacerse efectivo en todo el territorio nacional a partir del ciclo lectivo inmediatamente posterior a la entrada en vigencia de la ley.

Aborto seguro para no morir. Educación sexual para no abortar
El reclamo por el derecho al aborto es integral. Se continúa exigiendo presupuesto y políticas públicas universales, para terminar con la desigualdad e injusticia en el acceso y reconocimiento a derechos básicos como  la salud y el ejercicio de soberanía sobre el propio cuerpo. Es urgente que se garantice, en cada territorio del país cuando una niña, adolescente o mujer lo demande, el acceso a la interrupción legal del embarazo.
Mientras no se despenalice y legalice el aborto, se perpetuarán desde el Estado las desigualdades sociales.
El Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo se enmarca en el respeto a la decisión responsable, en la justicia social y en la perspectiva de Derechos Humanos.

Fuente: Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito

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