Libertad de expresión y derecho a la información

La Contradicción de un cambio

El pasado 7 de diciembre, la Legislatura porteña sancionó la Ley N° 5.919 que establece el 6 de diciembre como el Día de los Medios Vecinales de Comunicación Social, para fomentar y promover la libertad de expresión, la pluralidad de voces y derecho a la información de los vecinos, reconociendo la importancia de los medios vecinales, que son de distribución gratuita, e incidencia en toda la Ciudad de Buenos Aires. Dos meses después, Máximo Merchensky, subsecretario de Comunicación Social, a través de la Resolución N° 813/2018 rebajó, pese a los notables aumentos de tarifas, sueldos e insumos, en un 17% el valor de la pauta publicitaria que les corresponde a los medios vecinales según la Ley N° 2587, que tiene como objeto –desde hace una década– regular la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales con el Gobierno de la Ciudad.

¿Hay un ahorro importante que justifique la medida?

De cada 100 pesos que el Gobierno de la Ciudad invierte en publicidad los medios vecinales reciben sólo 5. La respuesta es no. Pero se trata además de 269 medios vecinales, es decir, de una pluralidad de voces que incide con mucho beneficio en la formación de identidad y el desarrollo cultural de la Ciudad. Sin embargo, con el objetivo de reducir el presupuesto, el subsecretario Merchensky amenaza la sustentabilidad de los medios vecinales con descuentos ilegales e inconstitucionales.

Por esta razón, 58 medios vecinales presentamos una acción de amparo colectivo, con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad. La causa quedó radicada en el Juzgado de 1ra Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 11, a cargo de la jueza Paola Cabezas Cescato. 

En la demanda se sostuvo que la Resolución N° 813/2018: 

1) Viola la Ley N° 2.587 que regula la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales de Comunicación Social y su Decreto Reglamentario N° 933/2009. 

2) Lesiona los derechos culturales reconocidos en el art. N° 32 de la Constitución de la Ciudad y en la Ley N° 2.176. La protección de los Medios Vecinales y su sustentabilidad económica garantizada por la Ley N° 2.587 tiene por objeto proteger también otros derechos culturales de los habitantes de la Ciudad, como el derecho a la democracia cultural, el derecho de acceso a la diversidad y pluralidad de opiniones, el derecho a la protección y difusión de la identidad pluralista y la historia de la ciudad, el derecho a la superación de las barreras comunicacionales, el derecho a la libertad de prensa y expresión en su faz colectiva, etc. 

3) Los legisladores de la Ciudad quisieron otorgar certidumbre a los Medios Vecinales, eliminar la discrecionalidad por parte del GCBA y garantizar la actualización permanente de los montos de acuerdo con las fluctuaciones del mercado. La Resolución N° 813/2018 destruye estos derechos. 

4) La Resolución N° 813/2018 constituye una violación flagrante del principio de no regresividad en materia de derechos humanos al modificar el sistema tarifario de pautas institucionales para los Medios Vecinales reduciendo los montos percibidos afectando la permanencia de la labor de cada uno de ellos y su sustentabilidad. Esto es un retroceso de los derechos adquiridos por los Medios Vecinales hace más de 10 años.

El no de la Jueza

El viernes 6 de abril,  en un fallo plagado de contradicciones, donde pone de manifiesto el desconocimiento de las leyes que amparan a los medios vecinales, la magistrada Paola Cabezas Cescato, denegó este recurso de amparo. La medida será apelada y  quedará en manos de los jueces de cámara proteger los derechos de los medios vecinales.

 

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