En defensa del Parque Rivadavia

“La apertura de la calle Beauchef es inconstitucional e ilegal”, sostiene Osvaldo Balossi , juntista de la  Comuna 6, quien junto a la Asociación Cooperadora de la Escuela Normal N° 4 «Estanislao S. Zeballos»; al Observatorio del Derecho a la Ciudad y a SOS Caballito presentaron, una acción de amparo para frenar las obras de apertura de la calle Beauchef entre la Av. Rivadavia y la calle Rosario y proteger el Parque Rivadavia.
En la causa, que recayó en el juzgado de Marcelo López Alfonsín, los amparistas solicitan se declare inconstitucional la parte del Nuevo Código Urbanístico que autoriza la apertura de la calle Beauchef.

“El flamante Código Urbanístico desconoce la evolución normativa en relación a la protección de los espacios verdes de los últimos 30 años y, retornando al paradigma de la dictadura de los años 60, viola el principio de progresividad en materia ambiental establecido en la Ley General del Ambiente y en Tratados Internacionales con Jerarquía Constitucional. Viola el mandato de la Constitución de la Ciudad respecto a la preservación e incremento de los los espacios verdes y públicos 1. Y viola el Plan Urbano Ambiental, que ordena promover el mejoramiento funcional y ambiental de los parques manteniendo su integridad y de incrementar los espacios verdes”, señala en los fundamentos la medida judicial.

Respecto a la obra que de forma abrupta se inició a principios de mes en el Parque Rivadavia, los demandantes denuncian que el Gobierno porteño la ejecuta en el marco de la más completa ilegalidad:
– No cumple con el llamado a Audiencia Pública establecido en la Continuación de la Ciudad 2.
– No respeta el procedimiento ordenado en la Ley 123 de Evaluación de Impacto Ambiental 3, ni con el Dictamen Técnico exigido en dicha normativa.

Idas, venidas y encrucijadas de la calle Beauchef
El Parque Rivadavia fue inaugurado en el año 1928. Desde el año 1932 se intentó fragmentarlo para continuar la calle Beauchef, dado que se quería instalar frente a ese espacio verde el Palacio Municipal. En el año 1968 se sanciona una ordenanza que autoriza la apertura de la calle Beauchef para resolver los problemas de tránsito en la zona 4. En 1993, a partir de  reiterados reclamos de los vecinos, el entonces Concejo Deliberante dictó una ordenanza donde se prohibía el cambio de destino del parque 5. Como contrapartida, ese mismo año, el intendente Saúl Bouer ordena nuevamente la apertura de la calle Beauchef, violando la ordenanza que prohibía avanzar sobre el Parque Rivadavia. La resistencia de la comunidad de de Caballito impidió la apertura de la calle.
En el año 1996 se aprueba la Constitución de la Ciudad, incorporando el espíritu de la ordenanza dictada en 1993 5, y se establece como principio constitucional que los espacios verdes deben conservarse e incrementarse. En este sentido, en el año 2009 se aprueba el Plan Urbano Ambiental con jerarquía superior a cualquier ley de la Ciudad, que ordena mantener la integridad de los Parques al  Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Más cemento menos espacio verde
La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que cada persona debe contar con un mínimo de 10 y hasta 15 metros cuadrados de espacio verde para vivir en un entorno saludable. De acuerdo a un estudio realizado por la Dirección de Estadística y Censo de la Ciudad, en la Comuna 6, donde se encuentra el Parque Rivadavia, existe tan sólo 1,5 metro cuadrado de espacio verde por habitante.
El Parque Rivadavia actualmente tiene 52.111 metros cuadrados, es decir constituye el pulmón verde más importante de esta Comuna. La apertura de la calle Beauchef, quitará a al Parque Rivadavia 1.290 metros cuadrados, es decir 2.5 % de su superficie.

Patrimonio derruido
La apertura de la calle Beauchef destruye un sector del Parque Rivadavia reconocido en toda la ciudad por su carácter social y cultural: la tradicional feria de libros. La semana previa a la iniciación de la obra, los puestos de libros fueron desalojados prácticamente por la fuerza. Se produjeron incidentes con la policía de la Ciudad y los locales que resistieron el embate aparecieron incinerados.

Conclusión
La intensidad del daño causado con la apertura de esta calle supera el supuesto beneficio que producirá. Desde el punto de vista del hábitat, implica el sacrificio de miles de metros cuadrados de espacio verde en un barrio donde no circula un intenso tránsito vehicular. Otra de las consecuencias nefastas será el constante incremento de la contaminación visual y acústica en la zona.
No resulta lógico que solución a un problema generado por una variable en constante aumento, como es la cantidad de vehículos que circulan por la ciudad, sea disminución de un elemento vital, como lo es un espacio verde, cuyo número es estático y escaso en esta Ciudad. Los funcionarios y responsables políticos del Gobierno en la Ciudad, que actúan en nombre de la supuesta modernidad y/o puesta en valor, deberían ampliar derechos ciudadanos en lugar de esquilmarlos.


  1. Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, artículo 27, incisos 3° y 4º.
  2. El artículo 63 de la Constitución de la Ciudad establece que: La Legislatura, el Poder Ejecutivo o las Comunas pueden convocar a audiencia pública para debatir asuntos de interés general de la ciudad o zonal, la que debe realizarse con la presencia inexcusable de los funcionarios competentes. La convocatoria es obligatoria cuando la iniciativa cuente con la firma del medio por ciento del electorado de la Ciudad o zona en cuestión. También es obligatoria antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos.
  3. Ley 123.
  4. Ordenanza N° 23.475.
  5. Ordenanza N° 46.229 año 1993

 

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