El decreto de Macri que arrasa con la autonomía comunal

En medio de los fuegos de artificio del mundial de futbol, el Jefe de Gobierno porteño creó por decreto una estructura que avasalla la autonomía de las Comunas.
Pensadas para que el vecino participe en el gobierno de su Ciudad, las Comunas son unidades de gestión política y administrativa descentralizada con competencia territorial, patrimonio y personería jurídica propia.

Con el decreto 251 Macri subvierte el concepto de participación ciudadana, cuando establece que las Comunas sean administradas por gerentes con idénticas funciones que las Juntas y los Consejos Consultivos Comunales.
En síntesis, el Poder Ejecutivo nombrará por cada Comuna dos gerentes y dos subgerentes que actuarán bajo la órbita de Eduardo Macchiavelli, secretario de Gestión y Participación Ciudadana de la Ciudad.

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¿Cuáles serán las funciones de las gerencias macristas?
La Gerencia Operativa de Gestión Comunal, se encargará de: “colaborar con la administración general de la Comuna y con el funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal”. Lo que en buen criollo se entiende por avasallar, en forma coordinadaco, todas y cada una de las atribuciones de las Juntas Comunales.
Según se desprende del escrito esta gerencia tendrá las mismas atribuciones que competen a las autoridades electas de cada Comuna:
• Diseñará y gestionará proyectos de obras, remodelaciones y mantenimiento del patrimonio de la Comuna. Como así también en materia de políticas sociales y comunitarias.
• Planificará la organización del comité de control de servicios con la participación de los vecinos.
• Propondrá programas de rehabilitación y desarrollo urbano de acuerdo a los diseños y proyectos elaborados por el área competente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
• Planificará, ejecutará y controlará los trabajos de mantenimiento urbano y espacios públicos comunales en coordinación con el área competente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
• Relevará y detectará las necesidades edilicias y de equipamiento de la sede comunal en coordinación con el área competente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana.
• Colaborará en las tareas necesarias para requerir asesoramiento a otras dependencias del Poder Ejecutivo y a organismos técnicos, de carácter público, para la ejecución de proyectos de obras y servicios públicos.
• Y coordinará la fiscalización y ejercicio del poder de policía a través de los inspectores de la Comuna y/o cualquier otro medio que tenga a su disposición.
La pregunta de rigor es ¿Qué rol cumplirán los miembros de la Juntas Comunales? No cabe duda que se convertirán en un ornamento vacío de contenido y capacidad de gestión.

La Subgerencia Operativa de Control Comunal y de Obras, será la oficina encargada echar por tierra las funciones de los Consejos Consultivos Comunales. Tendrá las facultades de:
• Colaborar en las contrataciones de servicios y de obra pública de la Comuna.
• Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones particulares y de especificaciones técnicas de los distintos procesos de contratación organizados por la Comuna.
• Fiscalizar y ejercer el poder de policía a través de los inspectores de la Comuna y/o cualquier otro medio que tenga a su disposición.
• Instrumentar la Organización del Comité de Control de Servicios con participación vecinal.
Punto final a los Consejos Consultivos Comunales, que, según la Ley de Comunas ostentan las mismas atribuciones.

La Gerencia Operativa de Gestión Administrativa, su función será “intervenir en la elaboración del programa de acción y el anteproyecto de presupuesto anual de la Comuna”. También “intervendrá en la administración del patrimonio de la Comuna en coordinación con el área competente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana”. Y además, podrá “asistir en la administración de los recursos humanos de la Comuna”.
Las mismas atribuciones le corresponde a la Subgerencia Operativa de Participación Vecinal y Atención Vecinal, encargada de “promover y desarrollar proyectos para la implementación de mecanismos de democracia participativa en el ámbito de la Comuna en coordinación con el área competente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana”.
La puesta en marcha de esta gerencia y subgerencia, violará de plano el artículo 10 de la Ley orgánica de Comunas que señala: “la elaboración participativa de su programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual, su ejecución y administración del patrimonio es una competencia exclusiva de las Comunas”.

¿Sobrevivirán las Comunas?
Algo para tener en cuenta es que este decreto de Macri, tiene una jerarquía inferior a la ley de Comunas a la vez que contradice por completo las disposiciones de la misma. Las Comunas son, como indica la ley 1777, “unidades de gestión política y administrativa descentralizada con competencia territorial, patrimonio y personería jurídica propia”. Fueron creadas para delegar en un espacio de participación vecinal cuestiones como la gestión de los espacios públicos, el cuidado del patrimonio vecinal, el control de los servicios, la gestión de proyectos sociales y comunitarios, y hasta la implementación de formas alternativas de resolución de conflictos.
La Ley de Comunas se gestó con la finalidad de fomentar la descentralización del Gobierno y la participación de los vecinos en los asuntos que atañen a su cotidianeidad. Esta nueva división territorial y política dio nacimiento a las Juntas Comunales, cuyas autoridades fueron electas por primera vez en 2011. Conformadas a manera de representación multipartidaria, éstas debieran expresar en forma heterogénea las decisiones de los vecinos de cada uno de los barrios que conforman las quince Comunas que existen en la Ciudad. No todas los hacen. No cuando la mayoría están gobernadas por los representantes del oficialismo porteño. Algunos juntistas, entablan luchas solitarias. Los acompañan los vecinos y son estas autoridades, a cargo de las nuevas atribuciones delegadas, vienen denunciando el incumplimiento del cronograma de transferencia de competencias por parte del poder centralizado de la ciudad de Buenos Aires. Concretamente, desde la Secretaria de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Macchiavelli, ha sido acusado de no girar los fondos que año a año corresponde a las Comunas según la ley de presupuesto. El bloqueo de estas instituciones pone en jaque el funcionamiento de las nuevas formas de democracia participativa previstas por la Constitución porteña.

Abuso de autoridad
La semana pasada los integrantes de 13 juntas comunales presentaron una acción de amparo para pedir la nulidad y la suspensión de la medida. También hicieron una denuncia penal por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público contra Macri y el jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta.
Para los denunciantes, el decreto representa «un golpe institucional con el único fin de destruir los gobiernos comunales». En conferencia de prensa, señalaron que el PRO «ya tuvo dos intentos fallidos, por medio de proyectos de reforma de la ley 1.777, iniciativas rechazadas por todos los vecinos, comuneros y legisladores de la oposición». Los trece comuneros ya recibieron el apoyo de legisladores de los bloques Verde Alameda, FIT y MST.
Los 33 comuneros porteños del Frente para la Victoria rechazaron el decreto de Mauricio Macri, consideran que la propuesta de implementar una estructura gerencial «desplaza las funciones de las Juntas Comunales, electas por voto popular».
“La potestad de establecer las estructuras administrativas de los organismos descentralizados no es competencia del poder ejecutivo, sino de las Juntas Comunales», señalaron los funcionaros.

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La larga lucha por las Comunas y el imperio de Macchiavelli
Desde su nacimiento, el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, a través de sus distintos representantes, bloqueó el funcionamiento de las Comunas. La creación de las mismas fue prevista en la Constitución porteña sancionada en 1996. Pero recién en 2005 se las reguló por ley. La primera elección de autoridades se realizó en 2011. Para entonces, Macri había creado el área de acción de Eduardo Macchiavelli y a las Unidades de Atención Ciudadana (UAC) bajo su supervisión. Las funciones de los viejos Centros de Gestión y Participación (CGP) pasaron a las UAC, cuando correspondía que fueran asumidas por las Juntas Comunales y los Consejos Consultivos.
Allí nació el primer conflicto. En agosto de 2011, 35 legisladores, comuneros y vecinos de la ciudad presentaron el primer amparo. Las UAC también habían sido creadas por decreto, el 379/11, que reproducía extractos textuales de la Ley de Comunas para atribuirle esas funciones a las nuevas oficinas centralizadas. En abril de 2013, la justicia porteña validó el reclamo y declaró que el decreto era inconstitucional.
Pero la definición del macrismo de vaciar las Comunas sería completada con los años con otra disposición práctica: la subejecución de los presupuestos. Aunque les corresponde el 5 por ciento del presupuesto anual, las Comunas apenas recibieron las partidas destinadas a cubrir los salarios de los comuneros. En las sedes comunales, son pocos los que tienen dónde sentarse a trabajar. Faltan sillas, mesas y hasta los insumos básicos de papelería.

 

 

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