Se unificarían las elecciones porteñas

La Legislatura porteña debatirá mañana la unificación de la elección a autoridades comunales, prevista por ley (3233) para el próximo 5 de junio, con los comicios para jefe de Gobierno, vice y diputados, convocados ayer,  por el Jefe de Gobierno porteño, para el 10 de julio.

Con la fecha de elecciones definida por el Ejecutivo capitalino, los bloques de las diversas fuerzas políticas que conviven en la Legislatura tratarán el proyecto mañana en sesión ordinaria, citada para las 15.30, y se espera que obtenga mayoría el proyecto, presentado el bloque oficialista, que intenta así simplificar el calendario electoral.

De esta manera, los legisladores darían su respaldo a una modificación a la ley 3233, que data del 2009, y en la que se estable, entre otros temas, el llamado a elecciones para la conformación de las Comunas para el primer domingo de junio de este año. Trasladando esta fecha al 10 de julio.

Esta  iniciativa parlamentaria, redactada por Martín Ocampo (Pro), contempla que coincidan los comicios para las juntas comunales con los de jefe de Gobierno.

El tratamiento en el recinto de la propuesta de unificación había quedado trunca a inicios de mes, cuando el bloque oficialista porteño intentó el debate, pero la oposición no dio quórum porque exigió, para ello, que Mauricio Macri fijara la fecha de las elecciones porteñas que, para entonces, aún era una incógnita.

De resultar sancionada la reforma, se postergará hasta el 10 de julio el acto electoral de las Comunas, cuya primera fecha era el 5 de junio a instancias de la Ley 3233, aprobada por la Legislatura merced a una orden dispuesta por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad ante el atraso en el llamado a esas elecciones.

Las Comunas representan un modelo de gestión descentralizada que divide a la Ciudad en  15 unidades, las que tendrán una Junta Comunal compuesta por siete miembros que deberán conocer la zona a representar ya que tendrán incidencia en el manejo de los recursos y en la decisión de las prioridades y necesidades del barrio.

Entre sus atribuciones, está la planificación y control de los trabajos de mantenimiento en avenidas, calles, pasajes y espacios verdes. Esta facultad otorgada a los gobiernos comunales, podría complicar la firma de algunos de los contratos que la actual gestión de gobierno viene celebrando con empresas las vinculadas a obras de mantenimiento del espacio público, dado que a partir de la conformación  de las Comunas, éstos estarían condicionados al aval de las juntas comunales.

De hecho, esta tarde circuló por los despachos de los jefes de bloques de la oposición un borrador, que propone agregar un artículo a la ley que se tratará mañana y que plantea que el jefe de Gobierno de la Ciudad “se abstenga de licitar obras en las Comunas hasta el 11 de diciembre del 2011”, dando efectivo cumplimiento a lo establecido en el articulado de la Ley 3233. (1)

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(1) La Ley 3233 establece en el Artículo 4º:

“A partir de la sanción de la presente, el Poder Ejecutivo deberá:

  1. Iniciar un programa intensivo de difusión y formación pública relacionado con el proceso de descentralización.
  2. Realizar campañas de esclarecimiento y divulgación mediante el uso del sistema de medios de publicidad públicos, con referencia a dicho proceso y los comicios que oportunamente se lleven adelante.
  3. Remitir a la Legislatura un programa de transferencia de competencias y servicios.

Abstenerse de emitir o producir actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las comunas o lesionen su participación en las competencias concurrentes

Adecuar la presentación de proyectos de ley, de concesiones y de uso o transferencia de servicios a lo establecido en la Ley 1777.

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