Estudian modificar la Ley de Comunas

La reunión se hizo en el salón Jauretche de la Legislatura porteña el miércoles 21 de marzo. Asistieron el Secretario de Atención Ciudad, Eduardo Macchiavelli, el subsecretario de Descentralización y Atención Ciudadana, Juan Pablo Graña, los legisladores macristas integrantes de la Comisión de Descentralización y los asesores del Ministerio de Modernización, a cargo de Andrés Ibarra, que intentan mejorar la relación «Ejecutivo-Legislatura» a fin de evitar nuevos vetos de Macri. Según la legisladora del PRO y presidenta de la Comisión de Descentralización de la Legislatura porteña, Raquel Herrero, «El objetivo del encuentro fue comenzar a debatir modificaciones a la Ley de Comunas para romper con los vacíos legales existentes, que podrían dificultarle la gestión a Macri de aquí adelante». Las reuniones se continuarán cada 15 días y en el transcurso de las ellas se plantearan estrategias para conseguir los votos de la oposición para aprobar la reforma.

¿Descentralización? ¿Qué es eso?
El proyecto, rubricado por Mauricio Macri y Rodríguez Larreta, deroga cinco y modifica trece de los 58 artículos de ley orgánica de Comunas 1777. Las reformas apuntan a los capítulos que reglamentan las competencias y el presupuesto de las unidades de gestión. También establece que el presidente de la Junta Comunal sea el único que perciba una remuneración, en tanto los seis miembros restantes deberán ejercer sus cargos de forma honoraria, puesto que no «cumplen otra función que la expedirse con su voto en las decisiones de la Junta».
Esta reforma pretende, además, modificar el criterio de competencia patrimonial de cada Comuna, exigiendo que eleven «antes del 31 de agosto» el presupuesto anual al Poder Central «para su consideración y análisis», facultando al Ejecutivo a fijar «un tope de gastos».
También, se derogaría el artículo 9, que impide al Ejecutivo «ejercer las funciones derivadas de las competencias exclusivas de las Comunas»; el 13, que permite la intervención en la elaboración y planificación de políticas en las áreas sociales, como salud, educación y medioambiente y los artículos 28, 29 y 32, que fijan las atribuciones de los siete miembros de la Junta.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *